Barcelona, 19 de octubre del 2021.- La publicación tecnológica Xataka ha informado que la obligatoriedad del alcoholímetro antiarranque viene de la Unión Europea. A finales de noviembre de 2019 se aprobó el Reglamento para los requisitos de homologación en el que se establece que, a más tardar el 5 de julio de 2022, los nuevos vehículos que fueran a ser homologados debían contar con una serie de requisitos, entre ellos un control de la presión de los neumáticos, un asistente de velocidad inteligente y una “interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque”.
En España, se da el caso que la propuesta de la nueva Ley sobre Tráfico no incluía en un inicio esta medida. Sin embargo, tras el periodo de enmiendas, se incluyó la obligatoriedad de estos alcoholímetros para cumplir con la normativa europea y aprovechar la nueva ley como una oportunidad para transponer la medida.
Se establece el uso obligatorio de estos alcoholímetros y su uso para activar el coche, pero se apunta a que será según los “términos que se establezcan reglamentariamente”. Es decir, un futuro reglamento de la DGT u otra ley será la que determine cuándo deberán utilizarse (sea siempre, para conductores reincidentes o para determinados colectivos). La medida obliga a que los vehículos dispongan de estos alcoholímetros, pero por el momento no se ha determinado ninguna obligación sobre su uso.
Según explica el grupo parlamentario Ciudadanos, esta medida se realiza para estar “en consonancia con prácticas similares llevadas a cabo en los principales países de nuestro entorno, donde esta práctica hace años que es obligatoria”.
Países como Francia, Italia o Bélgica ya cuentan con una regulación para los alcoholímetros antiarranque. A partir de verano de 2022, la Unión Europea quiere que con su reglamento los países que quedan adapten su regulación para equipararse.
La legislación todavía está sujeta a cambios y futuros reglamentos podrían precisar mejor cómo será la implementación, pero a priori la obligatoriedad es de “disponer” de estos alcoholímetros. No con necesidad de venir preinstalados en el coche, pero sí disponer de un dispositivo conectado al vehículo.
En la sesión del pasado 30 de septiembre, el Congreso aprobó la medida y se anunció la intención de aprobar el uso de los alcoholímetros para vehículos destinados al transporte de mercancías y viajeros, así como la necesidad adicional de que el Gobierno apruebe un real decreto que “regule los controles de alcohol, drogas y otras sustancias durante el ejercicio de la actividad profesional para los puestos de conductor”.
En una de las enmiendas se hizo referencia a las categorías M2 y M3 de vehículos para transporte de viajeros, pero la normativa europea establece el uso de estos alcoholímetros para todos los vehículos de las categorías M (transporte pasajeros), N (mercancías) y O (remolques).
El ‘Alcolock’ funciona mediante la concentración de alcohol en el aliento del conductor y, en caso de superarse los límites establecidos, impide que se encienda el coche porque está conectado con el sistema de arranque. En España la tasa máxima permtiida es de 0,25 mg/l en aire espirado en conductores habituales y 0,15 mg/l en profesionales y conductores noveles.
Según un estudio de la Comisión Europea datado de 2014, el uso de estos alcoholímetros antiarranque puede ayudar a reducir hasta un 65% el número de accidentes relacionados con el alcohol.
Por el momento la implementación de este alcoholímetro antiarranque sigue dejando muchas dudas, principalmente en su efectividad para que realmente el conductor no sobrepase la tasa permitida. Habrá que esperar para conocer en qué casos se debe utilizar y hasta qué punto puede llegar a ser una medida efectiva. Lo que sabemos es que a partir de julio de 2022, será obligatorio que todos los nuevos vehículos estén preparados para utilizarlos.