Cambios relevantes y nuevas sanciones para la circulación en las carreteras a partir de la primavera de 2021

Barcelona, 16 de noviembre del 2020.- La Dirección General de Tráfico (Ministerio del Interior) ha anunciado un grupo de medidas que cambiará el modo de circular con vehículo por las carreteras, sobre todo en ciudades, a partir de la primavera del 2021. Además se ha bajado a 18 años la edad para conducir un camión, una iniciativa que puede incrementar el número de chóferes. A continuación reproducimos la información al respecto del diario El Mundo.

Se baja hasta los 20 km/h la velocidad en aquellas vías de plataforma única, es decir, donde no exista separación entre acera y calzada. En las que tengan dos o más carriles por sentido, el límite seguirá estando en 50 km/h.

Según el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, estos cambios en las velocidades en ciudad “no se aplicarán hasta pasados seis meses de la publicación en el BOE para que los ciudadanos los conozcan y los ayuntamientos tengan tiempo para adaptar la señalización”. Y esa publicación puede ser este mismo mes, por lo que su aplicación podría ser obligatoria ya desde la próxima primavera. Aunque se podría haber ido todavía más lejos: en ciudades como Pontevedra, se ha aprobado que los vehículos no puedan ir a más de 6 km/h cuando comparten espacio con el resto de usuarios.

La segunda gran novedad está dentro de un anteproyecto de reforma de la Ley de Tráfico. Se trata de acabar con la norma que permite rebasar hasta en 20 km/h el umbral de velocidad en carretera cuando se realiza un adelantamiento. El Ministerio del Interior señala que ningún otro país de la UE lo permitía y que con este cambio se refuerza el mensaje de que estas maniobras “conllevan un riesgo de colisión frontal”. Aunque habrá que ver que pasa cuando un camión circule a 80 km/h y nadie se atreva a adelantarlo. O el peligro que supondrá alargar la maniobra para no pasarse de velocidad…

En todo caso, vendrá a sumarse al cambio introducido en enero de 2019, cuando se bajó de 100 a 90 km/h la velocidad máxima en vías convencionales. Una modificación que ha sido clave para el descenso de la siniestralidad en las carreteras convencionales. En 2019, se cobraron la vida de 896 personas, un 10% menos, aunque siguen representando casi el 73% de todos los fallecidos en vía interurbana.

Conducir con el móvil en la mano: 6 puntos menos

Además, el anteproyecto aborda el capítulo de las distracciones, primera causa de accidentes mortales al ser factor recurrente en un 28% del total. Por esta razón, se aumentará de tres a seis los puntos que se perderán por “conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil”. Es decir, bastará con ir consultando la pantalla, sin necesidad de ir hablando o chateando. La sanción económica se mantiene en 200 euros. 

Asimismo, las estadísticas señalan que más del 20% de las personas que fallecen a bordo de un turismo o una furgoneta no llevan puesto el cinturón de seguridad, por lo que se eleva de tres a cuatro puntos los que se detraerán por uno usar ese elemento, o los sistemas de retención infantil o el casco en el caso de los motoristas. Lo mismo que si se llevan pero mal puestos o sin abrochar. Dentro de este mismo paquete, el simple hecho de portar en el coche un aparato detector de radares pasa a ser considerada una infracción grave, con pérdida de tres puntos y 500 euros de sanción. Actualmente, solo se castiga su uso.

Para la entrada en vigor de todos los cambios que contempla la reforma de la Ley de Tráfico no hay fecha. Todavía tiene que volver al Consejo de Ministros, luego al Congreso, pasar al Senado y volver a la Cámara baja para su definitiva aprobación.Y en el trayecto, pueden cambiar cosas.

El último gran bloque trata del permiso de conducir. Por ejemplo, quien sea descubierto usando dispositivos no autorizados en un examen, tendrá que pagar 500 euros y no se podrá volver a presentar hasta pasados seis meses. Además, se podrán recuperar dos puntos del permiso realizando un curso de conducción segura, una vez que la DGT precise sus requisitos y condiciones. La reforma también unifica en dos años el plazo sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos, periodo que ahora varía en función de la gravedad de la infracción cometida. Finalmente, las empresas de transporte de viajeros y mercancías podrán saber si sus conductores tienen o no el permiso en vigor. Pero solo eso, nos las sanciones que se les hayan impuesto.


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Estas tres iniciativas se incluyen en la reforma de la Ley de Tráfico. Otras están dentro de una modificación del Reglamento General de Vehículos y empezarán a operar al día siguiente de su publicación en el BOE. Se trata de la norma que rebaja de 21 a 18 años la edad mínima para poder conducir camiones y autocares (en este caso, sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km); o la que eleva de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas para el transporte de mercancías que se pueden manejar con el carné de coche, solamente cuando ese incremento se deba a los nuevos sistemas de propulsión alternativo como las baterías de un vehículo 100% eléctrico.

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